Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO | 25 septiembre 2025.

Las intervenciones en los incendios forestales deben incluirse dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

    CCOO ha remitido su posición en la consulta pública previa abierta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social respecto del futuro proyecto de Real Decreto que desarrollará la Ley de Protección de Riesgos Laborales (LPRL) para las actividades de bomberas y bomberos forestales en cumplimiento de la Ley 5/2024 básica de bomberos forestales.

    09/09/2025.
    Bomberas y bomberos forestales. Fuente: @AT_Brif

    Bomberas y bomberos forestales. Fuente: @AT_Brif

    La Ley 5/2024 básica de bomberos forestales, a pesar de establecer en su artículo 7 que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo son de aplicación en las actividades de este colectivo, insta al Gobierno en su disposición final primera a la aprobación de un reglamento de desarrollo de la LPRL para este tipo de actividades. En cumplimiento de este mandato, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha abierto un proceso de consulta pública previa para iniciar la tramitación del reglamento, paso previo a la elaboración de un proyecto de Real Decreto.

    Comisiones Obreras ha participado en el proceso, a través de un documento en el que se fija la posición del sindicato al respecto. La postura de CCOO se centra en la sentencia de 12 de enero de 2006 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que dejó meridianamente claro que las actividades habituales de los bomberos, incluidas las intervenciones en emergencias como los incendios, están dentro del ámbito de aplicación de la Directiva marco sobre salud y seguridad en el trabajo (Directiva 89/391 CEE), de la que se deriva la LPRL.

    Este principio es el mismo que inspiró el documento ‘La seguridad y salud laboral del colectivo dedicado a Actividades de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento’, aprobado por el pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) del 15 de enero de 2024, con el voto unánime de la Administración General del Estado, las CCAA, las organizaciones patronales y los sindicatos más representativos.

    "Los bomberos y bomberas forestales tienen el mismo derecho a la salud"

    Derivada de la aplicación de la LPRL, el documento de CCOO plantea que el decreto clarifique de manera definitiva la integración de la prevención de riesgos laborales en los organismos públicos y empresas que se dedican a prevenir y combatir los incendios forestales, empezando por recordar la obligación de estas organizaciones de realizar la evaluación de riesgos tanto en las actividades programadas de prevención como en las de intervención durante la extinción de incendios o cualquier otro tipo de emergencia en la que se deba actuar. Esta es una obligación ya existente, como reconocen incluso diversos requerimientos de Inspección de Trabajo, pero que algunas comunidades autónomas, como Castilla y León o Andalucía, se niegan a llevar a cabo.

    "Las bomberas y bomberos forestales tienen el mismo derecho la salud y seguridad en el trabajo que el resto de colectivos profesionales", ha afirmado Mariano Sanz Lubeiro, secretario confederal de Salud Laboral y Sostenibilidad Medioambiental de CCOO.

    Asimismo, el documento propone insistir en la aplicación de la LPRL en elementos clave para la salud y seguridad de bomberas y bomberos forestales como la designación de recursos preventivos, la elaboración de procedimientos de trabajo para situaciones de riesgo grave e inminente, la dotación de medios humanos y materiales para intervenir en rescates de personal del propio dispositivo, el abordaje a riesgos específicos como los agentes cancerígenos o la investigación de accidentes, entre otros.

    "Estamos ante un colectivo imprescindible para proteger el medio natural español y el patrimonio y las vidas de la población rural de nuestro país. Y sin embargo, sus condiciones de trabajo distan mucho de ser saludables y seguras en muchísimos casos, como hemos podido constatar de manera dramática este verano", añade Sanz.

    Para el responsable de Salud Laboral de CCOO, "es intolerable que aún haya administraciones públicas que nieguen la aplicación de la LPRL a este colectivo, a pesar de existir jurisprudencia europea al respecto y requerimientos de la Inspección de Trabajo".

    Sanz concluye que "el Ministerio de Trabajo y Economía Social tiene una oportunidad con este reglamento para zanjar de una vez por todas estas interpretaciones erróneas e interesadas que hacen algunas CCAA y para cumplir con el mandato constitucional de garantizar la salud para este colectivo".