Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO | 25 noviembre 2024.

Huelga del personal de inspección pesquera contra la nueva instrucción de horarios especiales

    Consideramos inaceptable esta instrucción impuesta por los ministerios de Agricultura y Política Territorial y la propuesta de aumento salarial, que no repara la pérdida de poder adquisitivo del colectivo en la última década.

    28/03/2023.
    Huelga del personal de inspección pesquera contra la nueva instrucción de horarios especiales

    Huelga del personal de inspección pesquera contra la nueva instrucción de horarios especiales

    El personal de la Inspección de Pesca Marítima (IPM) del Estado está de huelga este martes, 28 de marzo, y se ha concentrado ante el Ministerio de Agricultura (MAPA) y ante la Secretaría de Estado de Función Pública para protestar contra la nueva Instrucción de Horarios Especiales (impuesta por el MAPA y el Ministerio de Política Territorial) y contra la insuficiente propuesta de incremento salarial. La huelga ha sido convocada por CCOO, CSIF, ELA y CIG.

    La instrucción se impuso en el pasado mes de enero tras dar por concluidas las negociaciones sin acuerdo con la parte social, supone una mayor demanda de disponibilidad y flexibilidad para todo el personal de inspección pesquera -con el impacto obvio que ello conlleva en la conciliación de la vida personal y familiar- e incluye un Régimen de Especial Disponibilidad (RED) que magnifica aún más este problema.

    A cambio, en la última reunión mantenida con la administración, sólo se propone un aumento de la productividad que no alcanza -en total y en el mejor de los casos- ni siquiera para igualar la productividad anual que percibía una o un inspector promedio hace 13 años (actualmente el promedio por inspector/año es aproximadamente un tercio de lo existente en 2010).

    Dicha propuesta de remuneración es inaceptable, porque resulta insuficiente para reparar la pérdida de poder adquisitivo del colectivo en la última década, y porque la necesidad de la Administración de que las y los inspectores adapten su actividad a la de un sector que opera las 24h del día y los 7 días de la semana, es algo intrínseco a la inspección de pesca. Por eso, no debe estar sujeto a incentivos por productividad, sino ser remunerado a través del complemento específico, al igual que ocurre en otros colectivos de funcionarios del Estado.

    En relación a la formación y la evaluación de riesgos, CSIF, CCOO, CIG y ELA celebramos la declaración de intenciones de la administración de aceptar las demandas de la parte social e incluir los cursos STCW en la formación del colectivo. Sin embargo, si bien la Administración se ha mostrado dispuesta a considerarlo, no se ha garantizado que en la actualización de la evaluación de riesgos que está llevándose a cabo vayan a evaluarse in situ las actuaciones de las inspectoras y los inspectores en el mar, ya que los técnicos de prevención de riesgos de ambos ministerios no pueden embarcar por carecer de la formación necesaria para ello. Desde las organizaciones sindicales, reclamamos que la evaluación de dichas actuaciones por personal técnico especializado es vital para la seguridad en las labores marítimas y es absolutamente necesario el compromiso de la Administración a este aspecto.

    Además, las mejoras en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) que se han propuesto por parte de la Administración son un pequeño avance respecto a la situación actual, pero el número de plazas de nivel 24 aprobadas son claramente insuficientes, ya que el grueso de la inspección seguirá ocupando plazas de nivel 22. La Administración, por tanto, se ha negado a una equiparación salarial de todos los IPM a niveles 24.

    Manifestamos también nuestro rechazo a los servicios mínimos impuestos por la Administración: dos personas en las dependencias del Cantábrico Noroeste (Pontevedra, A Coruña, Asturias, Cantabria y Guipúzcoa) y una persona en Las Palmas, así como en Tarragona, Murcia y Cádiz.

    Si bien es un total de 14 trabajadores y trabajadoras, en comunidades autónomas como Asturias, Cantabria y País Vasco supone negarle el derecho constitucional a la huelga a entre un 50% y un 30% de la plantilla y ello cuando esas autonomías no están afectadas por pesquerías con inspecciones obligatorias según la normativa pesquera y no supone la paralización de la actividad del sector el que no haya ese día presencia inspectora en puerto.

    Además, la jornada de trabajo de las y los inspectores afectados por los servicios mínimos en estas comunidades, corresponderá a la programación horaria que tengan asignada, lo que supondrá que, en cualquier, caso se desatiendan las funciones de control e inspección de la actividad pesquera durante parte de la jornada. No se entiende por tanto la motivación de la Administración para designar unos servicios mínimos que, en definitiva, resultan abusivos.