Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO | 19 abril 2024.

CCOO denuncia que el nuevo decreto de actividades de buceo pone en peligro la salud y la seguridad del personal

    El 26 de junio de 2020 se publicó en el BOE el RD 550/2020 por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo y ha entrado en vigor el 1 de julio de 2020. Desde el Sector del Mar de CCOO mostramos nuestro rechazo tanto a gran parte del contenido como a la forma en la que se ha desarrollado el procedimiento de elaboración hasta la final aprobación, y por último, su publicación en el BOE.

    06/07/2020.
    Un buzo profesional en una piscifactoría

    Un buzo profesional en una piscifactoría

    Tanto desde la Asociación de Buzos Profesionales de CCOO como desde el Subsector de Acuicultura de CCOO se presentaron en Marzo de 2018 alegaciones de carácter técnico que ni siquiera obtuvieron una respuesta y no han sido tenidas en cuenta en la redacción aprobada.

    La nueva norma, además de ser técnicamente criticable (tanto desde el punto de vista jurídico como desde el punto de vista del buceo), contiene demasiadas ambigüedades que no solo no subsanan algunas de las lagunas de la anterior norma de 1997, sino que las aumenta.

    El nuevo RD sólo incluye en su ámbito de aplicación las actividades de buceo en aguas marítimas y deroga toda la normativa anterior de seguridad en buceo, salvo para algunas cuestiones de titulación y aseguramiento. Esto significa que las actividades de buceo profesional en aguas continentales (trabajos en pantanos, ríos, infraestructuras hidráulicas, centrales nucleares, etc.), quedan sin marco regulatorio en materia de seguridad y salud en el trabajo, salvo en aquellas escasas Comunidades Autónomas que han regulado esta materia.

    El propio Consejo de Estado indicó en el informe sobre el proyecto de RD que no podía “dejar de llamar la atención de lo anómalo de esta situación” y propuso que se ampliara el ámbito de aplicación a las aguas continentales, propuesta que tampoco fue tenida en cuenta por el Ministerio. También hay que señalar las actividades de buceo desarrolladas por los servicios de emergencias (por ejemplo, bomberos) que quedan desamparadas al carecer de una regulación de buceo propia.

    Por otra parte, el RD incomprensiblemente, relaja las condiciones de seguridad en el buceo profesional, en un sector en el que por desgracia, debemos lamentar accidentes mortales con cierta regularidad.

    Finalmente, durante la tramitación del proyecto de RD no se informó a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, obligación prevista en el artículo 13 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para todos los proyectos de disposiciones de carácter general en materia de prevención de riesgos laborales.

    Es por todo ello, que el Sector del Mar de CCOO insta al Gobierno a la inmediata convocatoria de una mesa negociadora entre todas las partes implicadas con la finalidad de alcanzar unas Normas de Seguridad para el buceo que eliminen las ambigüedades actuales además de fortalecer las medidas de seguridad de los buceadores, independientemente de la función que realicen, la categoría que ostenten y/o el medio donde se produzca la inmersión.