Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO | 29 marzo 2024.

La Audiencia Nacional condena al Ministerio de Justicia por vulnerar el derecho a la negociación de los representantes sindicales sobre las plazas vacantes de Mugeju

    CCOO denunció al Ministerio de Justicia por excluir de los concursos de traslado las plazas vacantes ocupadas por interinos en la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) y vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical al aprobar las plazas sin la preceptiva negociación colectiva.

    11/10/2019.
    Formación, estudios y oposiciones

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    Durante las últimas décadas el Ministerio de Justicia y sus sucesivos responsables han amparado y consentido que en la Mutualidad General Judicial más de la mitad de los puestos de trabajo fuesen ocupados por el mismo personal interino de forma continuada, negándose a cumplir las legales y reiteradas exigencias de CCOO en nombre del personal titular para que dichas plazas fuesen ofrecidas en los concursos de traslado que se convocan anualmente.

    Esta permanente situación irregular llevó a CCOO a interponer sendos recursos contencioso-administrativos contra las dos últimas convocatorias de concursos de traslado, recursos en los que los Tribunales de Justicia dieron la razón al sindicato dictando sentencias que obligaban al Ministerio de Justicia a incluir en estos concursos todas las plazas vacantes de este organismo ocupadas por personal interino.

    Estas resoluciones judiciales no se han cumplido y el ministerio de Dolores Delgado junto a la dirección de MUGEJU, con el único fin de blindar estos puestos de trabajo en favor del personal interino que los ha ocupado durante años, elaboró y aprobó una relación de puestos de trabajo en la que todos los puestos dotados con personal interino se singularizan para excluirlos de los concursos de traslado ordinarios. Para la provisión de estas plazas se exigen conocimientos que solo pueden adquirirse trabajando en el propio organismo, lo que impide el acceso del personal de carrera a dichos puestos, manteniendo en los mismos sine die a quienes los ocupan de forma irregular desde hace ya algunos lustros.

    Esta nueva sentencia, dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de la Audiencia Nacional, anula por ilegal esta Relación de Puestos de Trabajo, poniendo freno así a las arbitrariedades del Ministerio de Justicia. Y la declara ilegal porque se ha aprobado de forma unilateral, sin la preceptiva negociación colectiva con los representantes sindicales de los trabajadores y las trabajadoras, vulnerando el derecho a la negociación colectiva que forma parte indisoluble del derecho fundamental a la libertad sindical consagrado en la Constitución Española.

    Para CCOO es una triste realidad que este Gobierno, que dice actuar en defensa de los trabajadores y las trabajadoras, vulnere este derecho fundamental y actúe en contra de sus intereses saltándose la legalidad a su antojo y recibiendo, además, una condena en esta sentencia para el pago de las costas judiciales, pago que, por la prepotencia del Ministerio de Justicia, se abonará con el dinero de toda la ciudadanía con cargo a las arcas públicas.