Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO | 22 diciembre 2024.

CCOO considera fundamental que el acuerdo sobre teletrabajo del EBEP garantice la prestación presencial y los derechos de tres millones de empleadas y empleados públicos

    El Área Pública subraya los elementos esenciales que el texto debe recoger y que son fundamentales para CCOO en la negociación y el posible acuerdo.

    17/09/2020.
    Teletrabajo, estudios, formación y empleo

    Teletrabajo, estudios, formación y empleo

    El Área Pública de CCOO subraya que el acuerdo sobre teletrabajo en el ámbito del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) que se está negociando debe recoger todos los asuntos fundamentales para el sindicato en la negociación: garantizar la prestación presencial de los servicios públicos a la ciudadanía y los derechos individuales y colectivos de tres millones de empleadas y empleados públicos, tanto personal funcionario como personal laboral.

    Presumiblemente, si finalmente son admitidas las propuestas sindicales, el lunes se convocaría la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.

    Se trata de una regulación de carácter básico que deberá ser negociada y adaptada a los ámbitos descentralizados -territorial y sectorialmente-, pero constituye un punto de partida de gran relevancia, ya que garantiza tanto la prestación presencial del servicio público a la ciudadanía como los derechos de las empleadas y empleados públicos.

    Los principales aspectos que recogerá el acuerdo alcanzado son los siguientes:

    • El teletrabajo no será considerado como ordinario y no deberá contemplar la totalidad de la jornada laboral.
    • Se garantiza la atención directa presencial a la ciudadanía.
    • Será en cada ámbito y en la normativa reguladora que a tal efecto se dicte por cada Administración competente donde se determine el porcentaje de la prestación de servicios que puede desarrollarse por esta nueva modalidad, de tal manera que se combine la presencialidad y el teletrabajo en el régimen que se establezca.
    • El personal que preste sus servicios mediante teletrabajo tendrá los mismos derechos y deberes individuales y colectivos, recogidos en el EBEP, que el resto del personal que preste sus servicios en modalidad presencial, incluyendo la normativa de prevención de riesgos laborales.
    • La administración proporcionará y mantendrá los medios tecnológicos necesarios para su actividad a las personas que trabajen en esta modalidad.
    • El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se regirá, en materia de teletrabajo, por lo previsto en el presente Estatuto y por sus normas de desarrollo.
    • La mejora de la conciliación del desarrollo profesional con la vida personal y familiar parte del respeto en todo caso de los principios de igualdad entre mujeres y hombres y la corresponsabilidad, además del derecho a la intimidad.
    • Derecho a la desconexión digital, la confidencialidad y la protección de datos.
    • Requisito previo será la valoración de las tareas asignadas al puesto, la correspondiente evaluación y planificación preventiva, así como la formación en competencias digitales necesarias para la prestación del servicio.
    • La prestación del servicio mediante teletrabajo habrá de ser expresamente autorizada y será compatible con la modalidad presencial.
    • Tendrá carácter voluntario y reversible salvo en supuestos excepcionales debidamente justificados.
    • Se realizará en los términos de las normas que se dicten en desarrollo del EBEP.
    • Serán objeto de negociación colectiva los criterios generales requerirán en el ámbito correspondiente.
    • Se contemplarán criterios objetivos en el acceso a esta modalidad de prestación de servicio.

    Para CCOO quedan aspectos que clarificar de manera inequívoca como la regulación negociada de las circunstancias excepcionales.

    CCOO considera imprescindible que se ponga encima de la mesa un calendario y se inicie inmediatamente la negociación de los PGE 2021 y de un III Acuerdo para la Mejora del Empleo y las Condiciones de Trabajo de las empleadas y empleados públicos que permita avanzar en temas como el empleo, la estabilidad de las plantillas, los derechos laborales y la recuperación del poder adquisitivo perdido en estos años.