Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO | 19 abril 2024.

CCOO denuncia situaciones irregulares en la provisión de puestos de trabajo del Tribunal Supremo, Fiscalía y Audiencia Nacional

    114 puestos de trabajo de la Administración de Justicia, en su mayoría secretarías particulares, persisten ocupados por personal interino o en comisión de servicio y blindados a su convocatoria pública desde hace decenas de años.

    11/03/2021.
    Sede de la Audiencia Nacional

    Sede de la Audiencia Nacional

    Según datos que facilita el propio Ministerio de Justicia, esta irregular situación se extiende en muchos casos desde hace decenas de años. El más antiguo es un puesto de Secretaría Particular del Tribunal Supremo ocupado ininterrumpidamente por la misma persona interina desde el 9 de junio de 1989 (¡MÁS DE 31 AÑOS!). Otra plaza más está irregularmente cubierta desde 1990, dos plazas desde 1995, una más desde 1998 y tres desde 1999. De 2000 a 2010, hay 29 plazas más sin ofrecerse a convocatoria pública y con entre dos y diez años antigüedad en la misma situación hay otras 52 plazas más.

    85 plazas de gestión y tramitación están cubiertas en comisión de servicio o por personal interino para atender las secretarías particulares de magistrados/as del Tribunal Supremo, 26 para las secretarías particulares de fiscales de sala y 3 para las secretarías particulares de magistrados/as de la Audiencia Nacional.

    Se suman a ellas dos plazas de la Administración de Justicia de Ceuta, una de Murcia y una más de Valladolid.

    CCOO comunica que siempre ha estado en contra de la existencia de puestos de trabajo de libre designación en la Administración de Justicia y de que sean la publicidad, la igualdad, el mérito y la capacidad, y no el nombramiento “a dedo”, los criterios válidos para asignar los puestos de trabajo a quienes tienen los requisitos para desempeñarlos. Pero más grave aún es que, además, estos puestos de libre designación se asignen sin convocatoria pública y sin ninguna posibilidad de acceder de ellos por el personal titular que legítimamente aspire a ocuparlos.

    Tanto el nombramiento de personal interino como la cobertura de plazas en comisión de servicio son mecanismos extraordinarios y coyunturales de provisión de puestos de trabajo que no pueden sustituir en ningún caso a la convocatoria pública de las plazas para que pueda optar a ellas el personal titular que esté interesado en ello.

    Por otro lado, y en relación con las comisiones de servicio, solo pueden tener una duración máxima de un año, prorrogable por otro en caso de no haberse cubierto el puesto con carácter definitivo, según establece el punto 3, del artículo 73 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.

    La no convocatoria pública de las plazas vacantes cubiertas en comisión de servicio provoca además la disfunción de que, al conllevar reserva del puesto de trabajo de origen, éste se cubre mediante sustitución o por personal interino lo que impide, a su vez, que pueda optar a estas plazas el personal titular, eternizándose durante años la situación de cobertura extraordinaria de puestos estructurales que contraviene la normativa específica de la Administración de Justicia y la jurisprudencia española y europea. En esta situación de comisión de servicio se encuentran, al menos, 90 de los 114 puestos de trabajo denunciados por CCOO.

    Que se produzcan estas irregulares e inaceptables situaciones durante tantos años en la Administración de Justicia es un hecho extremadamente grave, pero la gravedad de los hechos alcanza a juicio de CCOO un nivel extraordinario cuando se producen de forma mayoritaria en el entorno de las más altas instancias de la Magistratura y de la Fiscalía, precisamente de la instituciones que debieran ser las máximas garantes de la legalidad y que, con su silencio o complicidad, han amparado y siguen amparando que determinados puestos del empleo público no puedan ser desempeñados por el personal de carrera que tiene derecho a ocuparlos.