Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO | 29 marzo 2024.

La propuesta de prisión permanente revisable que plantea el gobierno, tienen mucho más que ver con elementos electoralistas que con la realidad delincuencial, penitenciaria de nuestra democracia

    12/03/2018. Ángel Moreno, Secretaría de Salud Laboral de FSC-CCOO y Xavier Navarro, responsable de Estudios y Cultura de FSC-CCOO
    Prisiones

    Prisiones

    El índice de criminalidad en nuestro país es el tercero más bajo de Europa, por delante exclusivamente de Portugal y Grecia. Esta necesidad por tanto, de aumentar el reproche penal, no obedece a cuestiones objetivas sino a valoraciones políticas que buscan a través del castigo un puñado de votos, aprovechando el impacto social de determinados delitos, lo que ha venido a definirse como populismo punitivo.

    El sistema penal no puede ser la consecuencia de una opinión mediatizada por la acción de medios cada vez más amarillentos, que magnifican y amplifican impactos y el dolor de las víctimas, clamando más por venganzas y menospreciando el marco jurídico democrático. El sistema penal, debe responder a la realidad, a la proporcionalidad, a los valores democráticos que nada tienen que ver con la venganza, aún sabiendo que nada revierte los hechos. No por más encierro hay menos delitos.

    La realidad delincuencial no es la magnificada y amplificada, tratada como un grotesco espectáculo que incrementa y socializa el dolor y al mismo tiempo dificulta la actuación de los cuerpos policiales. Sin olvidar que en otros casos, los mismos medios y sistema, en más de una ocasión culpabiliza a la víctima (en casos de violencia de género y agresiones sexuales).

    En todos estos casos, la realidad es compleja, con una clamorosa ausencia de políticas de seguridad ciudadana y un incremento de respuestas simplistas y populistas-punitivas

    La prisión permanente aparece recogida en el derecho comparado europeo, sin embargo es en nuestro país es donde se desarrolla de manera más gravosa ya que el periodo mínimo de estancia de 25 años es muy superior al de otros países de nuestro entorno, (Francia, 18 años; Alemania, Austria, Bélgica, Luxemburgo, Macedonia y Mónaco, 15 años; Chipre, Dinamarca; Finlandia e Inglaterra, 12 años).

    La propuesta es del todo incompatible con el mandato constitucional que en su redactado en el artículo 25.2 hace una mención expresa a la orientación de la pena privativa de libertad y las medidas de seguridad, resaltando que éstas tendrán como línea maestra de su ejecución la reeducación y la reinserción social, y la prisión permanente bajo ningún concepto abarca medida alguna de carácter resocializador.

    Diferentes estudios realizados sobre sistemas penitenciarios, corroborados por el Comité de Prevención de Tortura del Consejo de Europa, vienen a determinar que las penas privativas de libertad superiores a veinte años generan un deterioro profundo e irreversible en el penado, cuestión que viene a apuntalar científicamente, la afirmación que señalamos anteriormente sobre la incompatibilidad del mandato constitucional de reinserción con la pena de prisión permanente revisable. Esta controversia se acabará resolviendo en el Tribunal Constitucional fruto de los diferentes recursos de inconstitucionalidad planteados por los grupos parlamentarios o acabara en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde los precedentes auguran un difícil encaje entre la pena de prisión permanente revisable y los Derechos Humanos.

    Ni la más severa de las penas puede enmendar un pasado ni resarcir a las víctimas, y ninguna democracia puede, ni debe, legislar al calor del dolor causado. La pena no corrige hechos, la pena es una apuesta por evitar y por recuperar, estando ésta en consonancia con los valores democráticos, totalmente alejados de las corrientes vengativas y dogmático-religiosas del “ojo por ojo”.

    La seguridad ciudadana, concepto recogido en nuestro ordenamiento jurídico, va mucho más allá de las respuestas neoliberales estrictamente punitivas, cada vez más represivas. La seguridad ciudadana tiene mucho que ver con el conjunto de seguridades (salud, vivienda, educación, trabajo…) de la ciudadanía. La derecha, cada vez más irresponsable, de discurso populista-punitivo y de práctica neoliberal, tiene recetas simplistas a problemas complejos, respuestas que ni resarce a las víctimas ni resocializa a la persona penada y privada de libertad, pero acrecienta el recorte de derechos y libertades democráticas.

    El sistema penitenciario, con muchas dificultades, desarrolló de manera muy incipiente los preceptos del artículo 25.2, aún a pesar del modelo de centro penitenciario (el modelo de centro penitenciario merece también un debate profundo) que favorecen mucho más el concepto de “parquing y reclusión pura“ incrementando los problemas de sus gestión, problemas que sufren los trabajadores y trabajadoras del sistema.

    Esta propuesta de prisión permanente revisable afecta de forma muy significativa al servicio público de prisiones, con unas condiciones materiales ya muy menguadas por la falta de recursos humanos, con una Administración Penitenciaria que ha vaciado el mandato legal y constitucional de reinserción al aplicar políticas tratamentales muy débiles, que vienen a hacerse más evidentes en la ausencia de tratamiento para la enfermedad mental en prisiones.

    En esta realidad, introducir una nueva pena que impide el tratamiento y deja sin expectativas a los sentenciados con prisión permanente revisable, supone añadir otro elemento de conflicto en un servicio público de prisiones ya muy deteriorado.