Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO | 25 abril 2024.

Avanza la posición de ETF sobre trabajadoras y trabajadores desplazados

  • Los eurodiputados han aprobado su posición negociadora de cara a los próximos trámites

La Eurocámara obligaría a aplicar a las trabajadoras y trabajadores desplazados todas las condiciones laborales del país de acogida, si bien este resultado todavía debe ser validado por el Consejo de la UE.

20/10/2017.
Parlamento Europeo

Parlamento Europeo

El 16 de octubre, la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del Parlamento Europeo (EMPL) ha reclamando en Bruselas que las trabajadoras y trabajadores desplazados de la Unión Europea deben obtener la misma remuneración por su empleo que los trabajadores y trabajadoras del país a donde se trasladan a trabajar. Además se les deben respetar las condiciones mínimas de descansos, vacaciones y normas de seguridad e higiene.

Los eurodiputados han aprobado con 32 votos a favor, 8 en contra y 13 abstenciones su posición negociadora de cara a las conversaciones con el Consejo de la UE para revisar la directiva europea sobre esta materia. Aún se debe aprobar este resultado antes de comenzar las negociaciones con el Consejo, que todavía debe fijar su posición.

Las leyes europeas dicen que una persona trabajadora desplazada es “un empleado/a que envía su empresa para llevar a cabo un servicio en otro Estado miembro de la Unión Europea con carácter temporal”, pero viene sucediendo que se emplea esta figura laboral de forma fraudulenta para enviar flotas enteras de trabajadores/as de países donde existen peores condiciones laborales a trabajar.

El propio Parlamento Europeo hace tiempo que admite que a menudo las personas desplazadas reciben una remuneración menor que quienes trabajan en su país de origen, y esto es lo que crea la competencia desleal (dumping social). Por ello, la Comisión Europea presentó su propuesta para revisar la directiva de trabajadores/as desplazados/as ya en marzo de 2016. Las reservas planteadas por algunos Estados miembros, principalmente del Este, obligaron a aparcar la normativa, pero Bruselas decidió finalmente seguir adelante con ella, y los eurodiputados han pedido que todas las condiciones laborales del país de acogida —establecidas mediante leyes, acuerdos o convenios colectivos— deben aplicarse a trabajadoras y trabajadores desplazados, los gastos de viaje y alojamiento deben ser rembolsados o estar incluidos en el sueldo, y que se apliquen las condiciones más favorables a quienes están desplazados.

Los eurodiputados han apoyado que el transporte internacional por carretera tenga una legislación específica, aunque se aplicará la directiva de trabajadores desplazados hasta que se adopte la norma concreta para este sector.

Al grito de ¡Hemos ganado la votación!, se escuchaba la felicidad de Cristina Tilling, secretaria política de ETF del transporte por carretera y la igualdad de género, al ganar la votación que implica que los conductores/as están más cerca de disfrutar de los beneficios y del salario mínimo del país donde trabajan cuando se desplazan.

También se mostró agradecida por el trabajo conjunto: “Gracias a nuestro trabajo conjunto, la Comisión EMPL del Parlamento Europeo ha rechazado las cinco enmiendas que pedían la exclusión total del transporte de real decreto del alcance de la directiva de desplazamiento de trabajadoras y trabajadores. El Parlamento Europeo ha votado hoy con la ETF. Los conductores y conductoras van a disfrutar de los beneficios y del salario mínimo del país donde trabajan, cuando se desplazan”. Aunque su euforia no estaba exenta de realismo al reconocer que: “Sin embargo, esta votación es sólo el primer paso. Debemos seguir luchando juntos. Este es solo el comienzo de nuestros futuros desafíos”.